Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 30/11/2017
Formulada por: Tami84
Descripción: Hola mi cuñado es rumano y le deportaron cinco años de españa, con lo cual ya lleva cuatro años cumplidos, queriamos saber si podemos hacer algo para que vuelva con nosotros a españa, el tiene 22 años y esta en rumania en la calle, no tiene trabajo, ni donde vivir y su familia esta en españa, ahora mismo mi hermana de 21 años se ha ido con el a rumania para poder apoyarle pero como ya he escrito estan en la calle, si pudiese venirse a españa mi madre y mi padre se harian cargo de el, se iria con ellos a casa a vivir
Espero que nos puedan ayudar y aconsejar que hacer, aun le queda un año y esta en la calle y asi no puede seguir
Gracias
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Toledo
Respuesta 19/06/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado Sr. Lamentamos no haber respondido a su consulta en el plazo estipulado. Le rogamos que nos vuelva a escribir en el caso de que la cuestión que nos planteaba aún sigue vigente. De cualquier forma, indicarle que si ha sido expulsado tendrá asímismo una pena adicional de prohibición de entrada; hasta que no transcurra esta no podría residir en España. De todas formas la normativa dice también: "Aquellas personas que hayan sido objeto de una decisión de prohibición de entrada en España podrán presentar una solicitud de levantamiento de la misma en un plazo razonable que será determinado por la Autoridad competente en función de las circunstancias concurrentes y que constará en la resolución por la que se determine la prohibición de entrada. La solicitud de levantamiento de la prohibición de entrada se realizará con alegación de los motivos que demuestren un cambio material de las circunstancias que justificaron la prohibición de entrada en España. En todo caso, dicha solicitud podrá ser presentada transcurridos tres años desde la ejecución de la decisión de prohibición de entrada en España." Por tanto, si han pasado 3 años podrán presentar dicha solicitud de levantamiento de la pena alegando los motivos que demuestren el cambio de circunstancias. Esperando que haya suerte, reciba un cordial saludo