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Consulta 14/06/2015
Formulada por: Jmaradiaga
Descripción: Hola recibi la informacion sobre la inscripcion del matrimonio lo que no me quedo claro o no se si lo estoy interpretando bien es lo siguiente:
Ante todo, debes inscribir el matrimonio en el Consulado español para que, a su vez, sea inscrito en el Registro Civil español. Al mismo tiempo debes solicitar un visado de estancia en el propio Consulado, salvo que, por tu nacionalidad, no necesites visado para viajar a España.
Esto quiere decir q puedo con este visado en caso q necesite purdo viajar a españa sin q haya salido la resolucion de la inscripcion?
Y en caso particular q estuve ilegal en españa q repercusiones tendria
Nacionalidad: Honduras
País de residencia: EE.UU.
Respuesta 19/06/2015
Aportada por: Josefina Martín Martín
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Las Palmas
Enunciado de respuesta: Hola otra vez: como te dije antes, el matrimonio debe celebrarse en España, ya que como turistas no pueden casarse en EEUU. Una vez casados en España, tendrías que solicitar un visado como familiar comuintaria para viajar a España. Un saludo