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Consulta     06/03/2018

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Formulada por: CATITO

Casamiento o pareja de hecho

Descripción: Soy comunitaria por haber estado casada en Argentina y mi pareja sacar nacionalidad italiana; vivimos en España un tiempo y aquí me separé, sigo como comunitaria italiana y no he dado aviso a Italia de la separación. Ahora bien, hace dos años tengo pareja extra comunitaria que no vive en España y estábamos pensando formalizar nuestra relación ya que ambos somos personas de 60 años y el tiempo apremia.
La consulta es: ¿puedo casarme con él en España no habiendo dado el aviso a italia? Supongamos que sí y él soluciona su problema de permanencia en el país y yo como quedo el día de mañana, por ejemplo si fallece, ¿tengo derecho a su pensión de Argentina? Yo creo que no, pero eso me lo dirán ustedes.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 08/03/2018

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

  Estimada amiga,


Si usted se separó legalmente o de hecho, continúa casada, por lo que no podría casarse legalmente en España. Si llegar a hacerlo sin antes divorciarse en España estaria cometiendo un deltio de matrimonio ilegal. Por tanto, creo que sería aconsejable antes de nada formalizar su divorcio, que si es de mutuo acuerdo podrá hacerse en poco tiempo.


 


En cuanto a su consulta sobre la pensión, no es posible que la pensión de un cónyuge sea percibida por el otro. Lo que ´si puede ser posible es percibir una pensión de viudedad si se cumplen los requisitos para ello, bien en Argentina, bien en España.


Suerte y un saludo.

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