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Consulta     21/11/2015

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Formulada por: Sheholmes

Matrimonio español con ecuatoriana. Residencia de ella y de sus hijos cobrando desempleo.

Descripción: Buenas, he estado mirando mucha información y tengo un lío bastante grande.

Soy ciudadano español, estuve dos años y medio en ecuador y el último medio año en Bolivia, siempre trabajando para una empresa española.
Quiero regresar a España y para eso necesito casarme con mi pareja que es ecuatoriana y que tiene dos hijos. Necesito que le den el visado para ir cuanto antes, tengo mas de 10000 euros en la cuenta bancaria y volvería a España cobrando el máximo de desempleo por dos años.

Aquí vienen todas mis preguntas:
Valdría ese desempleo y dinero en la cuenta para certificar el tema económico?
Sus dos hijos pasarían a contar como hijos a mi cargo, para elevar la prestación por desempleo?
Si no la dejan entrar con visa de turista podría hacerse el matrimonio con poder en consulado o similar?
Pondrían muchas complicaciones para concederle a los tres la tarjeta comunitaria?
Tendrían derecho a la seguridad social acogiéndose a mi cartilla?
Cuando tardarían en concederle la tarjeta para poder entrar en España?
Que tiempo se tarda en legalizar el matrimonio en caso d hacerlo fuera de España?
Valdría con el matrimonio o habría que hacer reagrupación familiar?

Muchas gracias por adelantado por su ayuda, si fuera necesario no se si tienen algún asesor que me puede ayudar a hacer todos los trámites de forma económica (dentro de lo posible con todo el trabajo a realizar).

Muchas gracias de nuevo.

Nacionalidad: España

País de residencia: Bolívia

Respuesta 01/12/2015

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo,


Paso a responder sus dudas:


- En cuanto a la residencia para su esposa y sus hijos, creo que la cantidad que usted tiene en el banco más la prestación por desempleo debería ser suficiente para que les concedieran la residencia en régimen comunitario, aunque es un elemento a valorar por la Administración en función de las circunstancias de cada caso. 


- El matrimonio se puede realizar en un Consulado de España siempre que no sea el de Ecuador. También podría realizarse en Ecuador y luego inscribirlo en el Consulado, aunque sería un trámite más largo. No basta, pues, con legalizar el matrimonio relizado en el extranjero sino que hay que inscribirlo en el Registro Civil español Consulado.


- Los hijos, al no ser comunes, pienso que no computarían como miembros de la famiilar a la hora de calcular la prestación por desempleo, aunque esto mejor que lo consulte en su oficina de empleo, pues no estoy totalmente seguro.


- Su pareja y sus hijos, una vez casados podrán obtener si problema un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario. Con dicho visado podrán entrar en España y una vez allí solicitar la tarjeta de residencia en régimen comunitario, trámite del que puede encontrar más  información pinchando aqui. Este trámite dura más o menos en función de la oficina de extranjería que lo tramite, aunque no suele tardar mas de tres meses.


En cuanto a la realización de gestiones, es algo en lo que no le podemos ayudar, pues nuestra labor es sólo el asesoramiento online. No obstante, una vez en España, si nos dice cual es su lugar de residencia, podríamos decirle si tenemos algún asesor que pueda asesorarle de forma presencial sobre los trámites a realizar.


Suerte y un saludo.

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