Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 24/10/2019
Formulada por: NuriaGonzalez
Descripción: Buenas noches, muchísimas gracias por la labor de consejería que realizan. Es muy útil y necesaria para las personas que nos enfrentamos a estos trámites tan complicados.
Yo soy española y mi pareja es colombiana. Actualmente ambos vivimos en Colombia y queremos irnos a vivir a España.
Me gustaría saber cuál es el procedimiento para solicitar la tarjeta comunitaria (familiar de europeo) y justificar que somos pareja SIN NECESIDAD DE CASARNOS, que queda reflejado en éste párrafo ¿Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado.
¿Cómo se puede probar la relación estable y demostrar un vínculo duradero?
Sería suficiente con mostrar una unión marital de hecho registrada en Colombia de los últimos 6 meses y mostrar documentos que justifiquen la estancia en la misma ciudad de Colombia de los 6 meses anteriores a la unión marital (en total un año viviendo juntos)? Estamos viviendo en casa de la madre de él, entonces no tenemos contrato de alquiler a nuestro nombre, ni facturas de los servicios, ni estamos registrados oficialmente como que vivimos en esta casa.
¿Se podría demostrar la existencia de la relación estable con registros de redes sociales, whatsapp, fotografías?
¿El documento de ¿unión libre¿ registrado en Colombia se necesitaría reconocer por alguna entidad española? En tal caso, ¿cuál sería el procedimiento y cuánto tiempo se suele tardar en validar el documento de pareja de hecho en España?
Por otro último, al pedir la tarjeta comunitaria, si yo no tengo trabajo, ¿cuánto dinero debo tener ahorrado para justificar medios económicos suficientes para mantenernos los dos?
Muchas gracias por adelantado.
Un saludo.
Nacionalidad: España
País de residencia: Colombia
Respuesta 30/10/2019
Aportada por: María Amparo Gil Requena
Su tarjeta de presentación: Abogada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.
Enunciado de respuesta: Buenas tardes: Su caso es muy habitual. Normalmente y dependiendo de la provincia donde vaya a residir y se vayan a inscribir como pareja de hecho, le solicitaran unos requisitos. independientemente le aconsejo que, una vez lleguen a España y se acomoden, empadronense juntos, acudan a una notaria a realizar un ACTA DE MANIFESTACIONES como pareja de hecho, este acta junto al padrón, así como EL CERTIFICADO DE NACIMIENTO DE AMBOS LEGALIZADO, y LA FE DE VIDA, O CERTIFICADO DE SOLTERIA LEGALIZADO, de su país de origen. todo esto es lo que solicitan obligadamente, según donde residan pueden pedir más. Una vez inscritos y con el certificado de incripción podran solicitar la REsidencia, con los ss resquisitos: http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html ESpero haberles aclarado. Un saludo y suerte