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Consulta 28/08/2018
Formulada por: Arquelin
Descripción: Hace unas semanas envié una carta a Subdelegación de Gobierno solicitando información sobre la ausencia de notificación de respuesta a un recurso de alzada que interpuse hace varios meses. Conocía la resolución negativa por la web de extranjería, pero tal y como está aclarado en la misma, la notificación válida es la que se realiza de manera física por correo postal.
Recibí por email respuesta de la Oficina, diciendo que la comunicación de la resolución se me envió por correo postal, pero Correos la devolvió a la Oficina sin haber sido notificada. Así, se procedió a la comunicación de la resolución mediante publicación en el Suplemento de Notificaciones del BOE nº 131 de 30/05/2018.
De la misma copio lo siguiente:
En los Hechos: Segundo.- El jefe de la Oficina de Extranjería de Barcelona dictó resolución desfavorable en relación a la solicitud de TARJETA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE al no quedar acreditado en el expediente la concurrencia de los
requisitos previstos en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, para la obtención
de la citada tarjeta de familiar de residente de ciudadano de la Unión.
En los fundamentos de derecho: Tercero.- Examinadas las alegaciones formuladas y los documentos aportados en el recurso, no se desprende de ellos que se hayan
producido modificaciones sustanciales de los hechos ni circunstancias que se tuvieron en cuenta y sirvieron de base para adoptar la resolución impugnada.
Por otra parte, en la carta mencionan que puedo interponer recurso contensioso-administrativo en un plazo de dos meses desde el día de la notificación, que cuentan lo pusieron en el Suplmento de Notificaciones. Sin embargo, yo desconocía la existencia del mismo.
Les agradecería me explicaran qué alternativas tengo y qué proceso puedo seguir
Nacionalidad: Nicaragua
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Comentario: Agradecería me aclarasen los puntos citados, en especial el primero, ya que es distinto de lo que me habían notificado anteriormente. Así mismo, si puedo seguir algún procedimiento para continuar con el recurso contensioso-administrativo, ya que como les mencioné, el período lo cuentan vencido pero no se me informó que se publicaría en el llamado, y por mi desconocido, suplemento de notificaciones, y por tanto no contaba con ningún material para seguir con el siguiente paso. Muchas gracias.
Respuesta 30/08/2018
Aportada por: María Amparo Gil Requena
Su tarjeta de presentación: Abogada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Arlequin: En efecto, si le han enviado la notificación y no ha sido recogida, se publica y a partir de la publicación desde esa fecha tiene usted, 2 meses para interponer Recurso Contencioso Administrativo, por lo qeu deberá solicitar un Abogado de Justicia Gratuita si no tiene medios ante el colegio de Abogados de su provincia, o acudir a un Letrado especializado en la materia, privado que estudie la viavilidad y le represente ante el Juzgado de lo Contencioso. En este caso se ha pasado el plazo, de ahí que siempre sea importante estar muy pendiente para evitar estos problemas, es lo que nos mata a los abogados, y que estemos todos los dias pendientes de todos nuestros expedientes. En su caso, no hay otra via, salvo que acceda al expediente, y pueda comprobar que en efecto, hubiese un error en su dirección y se haya enviado a un lugar que no es el que usted facilito en su solicitud, por lo que tendría que solicitar una NULIDAD DE ACTUACIONES, pero para eso acuda a un profesional que intentaria dar por nula la notificación, solo en caso de estar viciada y ser defectuosa la citación. Le aconsejo que no pierda el tiempo y acuda urgente a copiar todo su expediente tiene derecho a ello. Un saludo y suerte