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Consulta     21/04/2025

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Formulada por: Sabrina Segli

Tramite cuando vence la visa de estudios

Descripción: Hola, quisiera saber qué hay que hacer una vez que finalice mi visa de estudios (tengo la de menos de 180 días). Todavía me gustaría quedarme 3 meses más para hacer turismo en la Unión Europea (es automático o hay que hacer un trámite, en qué lugar se haría).

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Sevilla

Respuesta 16/05/2025

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Aportada por: Lidia Cófreces López

Su tarjeta de presentación: Abogada en Cruz Roja en Málaga.

Enunciado de respuesta:

Buenos días, 



Gracias por ponerse en contacto con nosotros. Tenga en cuenta que a partir del 20 mayo entra en vigor la reforma del reglamento de extranjería. 



En este caso, 



Durante los dos meses previos a la fecha de expiración de la vigencia del visado o de la autorización, en los supuestos previstos:



-Realización de estudios superiores, como actividad principal, en una institución o centro de enseñanza superior reconocido en España, en el marco de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título de educación superior reconocido. 



-Realización de estudios de educación secundaria postobligatoria en un centro de enseñanza autorizado en España, en el marco de un programa a tiempo completo, que conduzcan a la obtención de un título reconocido.



-Realización de actividades formativas.



podrá solicitar una prórroga cuando acredite el cumplimiento de los requisitos previstos para el supuesto por el que obtuviera la autorización.



La prórroga deberá solicitarse por medios electrónicos, por la persona extranjera o a través de representante, en modelo oficial, e irá dirigida a la oficina de extranjería de la provincia donde obtuvo la autorización inicial. La presentación de la solicitud dentro del plazo previsto en el apartado anterior prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará la validez de la autorización hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción prevista en el artículo 52.b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.



Para ello recomiendo que se asesore personalmente acudiendo a la sede más cercana a su localidad, hay que mirar si cumple con los requisitos de enseñanza que se exigen para la prórroga además de con el resto de documentación que le solicitan. 



Un saludo



 


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