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Consulta 08/01/2016
Formulada por: Catina
Descripción: Hola ante todo gracias por la respuesta
Pienso viajar con mi hijo de 10 años mí hija de 16 años aun se queda. Los tres tenemos tarjeta de residencia por 5 años , ¿podra mi hija entrar en 2 años o perdera la residencia?
Sctuamente tengo una orden de alejamiento que dura hasta noviembre 2016 y guardia y custodia de mis hijos regreso por trabajar y resolver problemas como el divorcio y jucio de alimentos ya que el padre hasta ahora no les pasa nada-
¿Tendre algun problema al regresar?
Y por favor ¿como haria con mi hija que vendra en dos años? No puedo llevarla conmigo por no tener medios suficientes
Gracias por la respuesta
Nacionalidad: Perú
País de residencia: Perú
Respuesta 04/02/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, No especifica usted si su residencia es en régimen de extranjería o en régimen comunitario. En el primer caso, la residencia de larga duración se considera extinguida por permanecer más de 12 meses fuera de España. En el segundo, la residencia permanente se extingue por pasar más de dos años fuera de España. Si se da el caso, es posible que su hija necesitase visado para entrar nuevamente en España, aunque eso depende, como le digo, del tipo de residencia que tenga y de cual sea su país de origen. Si nos da mas información intentaremos orientarle de forma un poco más precisa. Suerte y un saludo.
Consulta 05/02/2016
Aportada por: Catina
Enunciado de respuesta: La residencia es comunitaria por 5 años vence 2019 gracias por la respuesta