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Consulta     18/09/2024

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Formulada por: Vanesa2501

Residencia por pareja de hecho

Descripción: Buenas tardes. Quisiera obtener información sobre residencia por pareja de hecho para mi pareja en Tenerife. Yo tengo nacionalidad española y mi pareja nacionalidad colombiana. He leído que por notario no hace falta convivencia de un año. Es así? El lleva 2 años y 6 meses en España. Nosotros llevamos de relación 2 años y un mes. Pero de convivencia juntos, es decir, empadronados en la misma casa llevamos 3 meses .

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Tenerife

Respuesta 19/09/2024

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Aportada por: Eva Fdez Navamuel del Olmo

Enunciado de respuesta:

Buenas tardes, siendo de nacionalidad española, tu pareja puede solicitar ARRAIGO FAMILIAR, que sirve tanto para cónyuge como para pareja de hecho acreditada, y no exige un tiempo de convivencia, lo que exige es Documentación acreditativa de la existencia del vínculo familiar con el ciudadano español, o de la existencia de una pareja registrada. Si estais registrados como pareja de hecho, ese será el único requisito, junto con el certificado de antecedentes penales etc. te dejo el enlace sobre el arraigo familiar para que puedas ver detalladamente los requisitos, documentos exigibiles, y procedimiento a seguir



https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar 



un saludo

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