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Consulta 06/08/2024
Formulada por: Iarroyo
Descripción: Quiero hacer pareja de hecho con mi novia de nacionalidad italiana , quisiera saber requisitos y tiempo de empadronamiento juntos , vivimos en chozas de canales, Toledo, Castilla la mancha
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Toledo
Respuesta 07/08/2024
Aportada por: Myriam Fernandez
Su tarjeta de presentación: .
Enunciado de respuesta: Buenos días larroyo, Aquí te dejo el listado de requisitos para la inscripción de una pareja de hecho en Castilla-La-Mancha: - Manifestar la voluntad de inscribirse como pareja de hecho, la cual podrá realizarse mediante: a) Comparecencia personal y conjunta de ambos miembros de la pareja ante un funcionario del Registro de parejas de hecho (es obligatorio pedir cita previa llamando al teléfono 925 266 097, en horario de oficina, 9:00 a 14:00 horas, o al correo electrónico registrodeparejasdehecho@jccm.es ), o a través del o de alguna de las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (OIR) (aquí no es obligatoria la consulta, pero, para evitar esperas innecesarias, se recomienda solicitarla a través Servicio de Cita Previa Oficinas de Información y Registro. O, - Ser mayor de edad o menor emancipado. - No tener con la otra persona, miembro de la pareja, una relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, o colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado. - No estar ligado por vínculo matrimonial ni formar pareja estable no casada con otra persona. - En el caso de que una persona tenga establecidas medidas de apoyo por razón de discapacidad, se estará a lo que se disponga en estas. - No tener constituida una pareja o unión de hecho, inscrita en un Registro de parejas o de similar naturaleza de otra Comunidad Autónoma. - Figurar empadronados (los dos miembros) en algún municipio de Castilla-La Mancha. - Convivencia como pareja en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. A efectos de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, carecerá de validez la documentación que haya sido expedida o cuyo contenido tenga efectos anteriores a los tres meses previos a la fecha de entrada de la solicitud en el Registro. Toda esta información y más se encuentra en el documento ANEXO 1. "INSCRIPCIONES BÁSICAS, MARGINALES, COMPLEMENTARIAS Y DE BAJA. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN", descargable en esta página web. Como verás, no se especifica una duración mínima de empadronamiento en los requisitos, pero para asegurarte que scumples todos los requisitos te recomiendo contactar con las autoridades de tu CC.AA. Puedes llamar al 012 o formular una consulta aquí. Un saludo,
b) Escritura pública, acta de notoriedad o documento privado con firmas legalizadas notarialmente.