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Consulta     20/11/2020

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Formulada por: NicoTorre

TIE Familiar de Comunitario.

Descripción: Relato mi situación:
Soy argentino casado con un español y mi plan es sacar el TIE para poder residir con él. Tenemos los papales pero las dudas surgen por el lado de la demostración de medios económicos ya que mi marido está desempleado. Vivimos con mis suegros, ambos con trabajo estable y un piso propio, en donde estamos empadronados. Estamos ingresando en la cuenta de mi marido dinero que traje desde mi país, de mis ahorros allí. Sin embargo, tenemos miedo que pese a llegar a la cantidad que piden tengamos problemas con la demostración de medios económicos.
¿Además de con la cuenta, se pueden demostrar medios suficientes por (valga la redundancia) otros medios?
¿Tendrá Extranjería de Málaga en cuenta nuestra situación particular a la hora de dar el favorable?
¿En caso de que en el tiempo que queda hasta la cita mi marido consiga empleo, el contrato de trabajo debe tener cierta antiguedad?
¿Qué pasa si presentamos los papeles luego de 90 días desde que ingresé a España?

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: España

Provincia: Málaga

Respuesta 27/11/2020

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

  Buenas tardes Nico, 


Efectivamente un requisito para acceder a la residencia de familiar de ciudano de la UE hay que acreditar que se dispone de medios económicos, dichos medios se pueden acreditar mediante saldo bancarios, contrato de trabajo, patrimonio, acreditación de recibir pensión, etc... recientemente la jurisprudencia ha establecido que se pueden aportar también los medios económicos por parte del familiar, es decir usted, por lo que si usted consiguiera alguna oferta de trabajo, aportando un precontrato podría intentarlo igualmente.


Respecto a la antiguedad del contrato de trabajo es relativa, evidentemente cuanto más antiguo sea mejor, pero no obstante si consigue algun trabajo antes de la cita lo aportaría.


El que la solicitud se tramite pasados los 90 días que tiene de estancia legal como turista en princpio no debería ser inconveniente para su concesión.


Como indica que reside en Málaga, si tiene mas dudas puede contactar con Cruz Roja Málaga y una vez registrado como persona usuaria solicitar cita con el servicio jurídico.


Le dejo hoja informativa sobre los requisitos y documentos necesarios. http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html


Un cordial saludo.

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