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Consulta     10/01/2024

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Formulada por: Roua

Ayuda en el arraigo por formación

Descripción: Buenas tardes,

Soy estudiante extranjera en Madrid (un máster que termina en Febrero del 2025) que lleva en España desde el año 2016. Hace casi un año y medio que apliqué al arraigo por formación. Tras una falta de documentos y después un rechazo, he vuelto a aplicar pagando la tasa de nuevo a recomendación de un abogado, en mayo 2023. Llevo 8 meses más sin saber nada de mi caso y no consigo ayuda ni información por nadie, me comunican que las oficinas de extranjería aquí en Madrid no admiten personas o están cerradas.

Me he encontrado esta página web para ayudar a inmigrantes y me gustaría saber si me pueden guiar en mi caso un poco más o recomendarme algo ya que estoy en una situación irregular durante bastante tiempo y no tengo muchos recursos.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo,

Roua Alrihani Tallaj

Nacionalidad: Siria

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 11/01/2024

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Roua.



Puedes hacer el seguimiento de tu solicitud entrando en internet en "inofrmación estado de expedientes de extranjería" y ahí, entrando en "entrar formulario", rellenando con tu NIE, la fecha de presentación de la solicitud y tu año de nacimiento, te pone cómo se encuentra tu solicitud.



En cualquier caso, si llevas aquí desde el 2016, podrías solicitar la residencia por arraigo social, si consigues alguien que te quiera hacer un contrato indefinido o mínimo por un año que te garantice el salario mínimo interprofesional y en cualquier tipo de trabajo. Con eso te darían residencia y trabajo.



El arraigo por formación, solo te garantiza la residencia durante un año (o si los estudios duran más) máximo por dos años, durante los cuales no podrás trabajar. Cuando acabes esos estudios, tendrás que conseguir un contrato de trabajo relacionado con los estudios y cambiar a residencia y trabajo. Si no consigues el contrato en ese tiempo, te quedarás sin residencia.



Además, debes tener en cuenta que si te dan la residencia por arraigo para formación y no consigues el contrato de trabajo, te quedarías sin la residencia y no podrías volver a pedir esta residencia en un plazo de 3 años porque es una residencia que no se puede tener más de una vez en un período de tres años.



Suerte y un saludo.


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