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Consulta     02/08/2017

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Formulada por: Nadarome

regularización estando en situación de estancia

Descripción: Buenos días 

Quería saber si me podían dar información de cómo y cuáles serían las soluciones o problemas con respecto a lo que me pasa.

He traído a mi hermano a visitar España porque se encontraba en un atasco como persona  estaba decayendo y se sentía muy agobiado sin trabajo; soy colombiana y estoy casada con un español, tengo NIE y en noviembre ya puedo empezar a pedir la nacionalidad. El caso es que a mi hermano ya se le venció el tiempo de turista ha estado ayudando y aprendiendo del oficio de mi esposo que es autónomo fontanero y por los motivos de como se encontraba en Colombia se quiso quedar.

He estado averiguando en sitios de Extranjería y me dicen que es imposible que esté por contrato de trabajo que por que si hay un español en paro que sea óptimo para el empleo tiene preferencia además de que el apenas esta aprendiendo el oficio, que por estudio tampoco es posible; que no le puedo meter al libro de familia que por que tiene que depender de mi ya sea como menor o como discapacitado; y me he quedado sin opciones; se me ha ocurrido que se quede para tratar de que después de 3 años pida eso de por arraigo pero se me presentan varias dudas.
1. Que problemas se me presentan a mi por yo haberle hecho la carta de invitación y estar viviendo en mi casa.

2. Puedo pedir la nacionalidad sin problemas y si es así. Puedo meterlo a el en el libro de familia con la nacionalidad

3.que pasa si le detienen por ese motivo? 

Agradezco su atención 

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Toledo

Respuesta 18/08/2017

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada Nathaly:


Lamentablemente en el ámbito del régimen comunitario no se contempla a hermanos como familia salvo que acrediten de forma fehaciente en el momento de la solicitud que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias:


1.º Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con él.


2.º Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.


Si pudiese acreditar alguno de estos extremos, su hermano podría tramitar tarjeta de familiar de ciudadano de la UE·aunque, le insisto, tendría que acreditar uno de estos dos extermos.


En cuanto al incumplimiento del compromiso de regresar finalizado el período de estancia, efectivamente pudiera traer consecuencias para quien invita pudiendo derivar en sanciones económicas al ser una infracción grave prevista en artículo 53.2º letra c) de la ley de extranjería


Aunque usted pida la nacionalidad no puede incluirlo en el libro de familia pues en éste solo se consigna a su cónyuge e hijos.  Y en cuanto a su última duda, si su hermano es interceptado y se encuentra en situación irregular puede ser objeto de expediente sancionador que pudiera concluri en sanción económica o expulsión.  Ahora bien, si ha presentado soliitud de tarjeta de residencia de la que hablábamos arriba, no puede ser objeto de sanción hasta que no le resuelvan.  No puede ser sancionado y si le denegaran la tarjeta tendría 15 días para abandonar el país, no sería expulsado sino después de pasado ese plazo y siempre que lo intercepten.


Esperamos haberle aclarado sus dudas. Reciba un cordial saludo

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