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Consulta     09/02/2018

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Formulada por: Raulvlcia

CONTRATO

Descripción: Saludos, espero puedan ayudarnos, quiero contratar a una chica de nacionalidad venezolana, lleva en España apenas dos meses, llegó como turista(sin visado) quisieramos saber qué pasos debemos seguir para realizar dicho contrato ya que la información que he leído és que debe estar empadronada primero unos años (en situación irregular) algo que me parece irracional..al ofrecerle un trabajo prefiere quedarse a volver..pero, ¿Tiene que pasar primero por estar irregular para acojerse al llamado "arraigo"? ¿No puedo contratarla antes que le finalice el plazo como turista?MIL GRACIAS por vuestra ayuda y la excelente labor que hacéis.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Comentario: POR FAVOR, NECESITAMOS CONTESTACIÓN A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE. GRACIAS

Respuesta 14/02/2018

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Raulvicia.


Efectivamente y tal y como está ahora mismos la legislación al respecto, para poder contratarla legalmente, es necesario que lleve en España tres años de forma continuada, por eso es importante que esté empadronada y sabiendo que cada dos años hay que renovar el padrón porque si no, la dan de baja y después se complica todavía más la acreditación de los tres años. Con esos tres años, la presentación de un contrato de trabajo donde ponga que como mínimo va a durar un año y que va a cobrar como mínimo el salario mínimo interprofesional y que quien la contrata tiene ingresos suficientes en función de los miembros de su unidad familiar, se podría solicitar la residencia por circunstancias excepcionales por arraigo social, pero todo pasa por llevar aquí tres años.


Puede que existan otras opciones muy puntuales que podría cumplir ella, por lo que te recomiendo que se acerque a alguna ONG que lleva asesoramiento a inmigrantes y plantee su caso concreto para ver si podría acceder por otra vía (familiar de ciudadano de la Unión, contratación en origen si tiene aquí algún padre o madre con residencia renovada o cónyuge...) No son muchas las opciones, pero por si acaso se encontrara en alguna.


Por lo que cuentas, no parece que sea el caso.


Suerte y un saludo.


 

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