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Consulta 02/02/2006
Formulada por: Mena1682
Descripción: Hola, tengo un permiso de residencia temporal y quisiera saber: ¿podría trabajar con esta tarjeta?, ¿qué debo hacer para poder trabajar legalmente?
Llevo 5 años en Madrid y desde hace dos meses estoy en situación legal.
Muchas gracias.
Nacionalidad: Ecuador
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 07/02/2006
Aportada por: Karina Cavo
Su tarjeta de presentación: Quiero que a otros inmigrantes no les pase lo que yo he vivido
Enunciado de respuesta: Primero tienes que saber que tipo de Residencia tienes, si es temporal inicial de Trabajo y Residencia o sólo residencia porque has hecho algún tipo de reagrupación o por estudios.
Si tienes permiso de trabajo y residencia por cuenta ajena tendrás que conseguir un contrato de trabajo con el cual deberás aportar por lo menos 6 meses hasta que te caduque el permiso para hacer los tramites de renovación ( 2º tarjeta), para el cual deberás presentar tu hoja de vida laboral (expedida por la seguridad social), por las dudas una copia del trabajo y si has cambiado una copia del contrato del nuevo trabajo. Tre recomiendo que no dejes de trabajar ( aportar mientras estés renovando tu 2º tarjeta ). El pedido de renovación puedes hacerlo 60 dias a la fecha de caducidad de la misma o hasta 3 meses después, pero es recomendable hacerlo antes.
También fíjate si en el permiso que se te ha otorgado tiene restricciones en cuanto a la categoría y el lugar geográfico
Suerte
Respuesta 13/02/2006
Aportada por: José Luis Montero Montalvillo
Su tarjeta de presentación: Especialista en Trabajo. Cruz Roja Española. Segovia
Enunciado de respuesta: Hola Mena:
en principio tu permiso de residencia no te autoriza a trabajar, por lo que si deseas realizar actividad laboral alguna debes solicitar una modificación de tu permiso de residencia a residencia y trabajo, para lo que deberás contar con una oferta de trabajo (contrato y documentación requierida al empleador).
Si tu permiso de residencia lo es por circunstancias excepcionales, deberás haber residido en España en situación regular al menos durante un año antes de persentar una modificación de tu permiso de residencia a residencia y trabajo.