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Consulta 23/04/2017
Formulada por: MRT
Descripción: Buenos días,
Contacto con ustedes con una pregunta respecto al proceso para registrarme como autónoma. Actualmente estoy trabajando a tiempo completo con una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados. Sin embargo, a partir de agosto de este año me gustaría hacerme autónoma. Mi pregunta es: puedo directamente apuntarme al sistema de autónomos, o tendría que pedir algún otro tipo de residencia?
Muchas gracias de antemano!
Nacionalidad: EE.UU.
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 25/04/2017
Aportada por: Gerard Català i Calderón
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Barcelona
Enunciado de respuesta: Estimado señor/a, en el momento de la renovación de su autorización de residencia actual puede solicitar una modificación de autorización de residencia por cuenta ajena a una autorización de residencia por cuenta propia a través de las hojas informativas número 90 y 29 que puede encontrar en la página http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/ciudadanosnocumitarios/ hoja 090/index.html hoja029/index.html --> debe cumplir los requisitos de esta hoja previamente para poderse hacer autónomo. Atentamente,
Consulta 25/04/2017
Aportada por: MRT
Enunciado de respuesta: Estimado Gerard, Gracias por esta información. Sólo tenía una otra pregunta. Me comentas que puedo solicitar una modificación de autorización en el momento de la renovación. Mi pregunta es: es posible solicitar tal modificación antes de la fecha de renovación? Gracias de antemano. Maria
Respuesta 25/04/2017
Aportada por: Gerard Català i Calderón
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Barcelona
Enunciado de respuesta: Estimada Maria, si usted dispone de una autorización inicial (la 1ª), la modificación sólo la puede hacer en el momento de la renovación y sólo excepcionalmente se podrá pedir la mutación durante de la vigencia de la autorización inicial sin que haya llegado el momento de la renovación, cuando se acredite una situación de necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia, como por ejemplo, que por causas ajenas a su voluntad, se hubiera interrumpido la relación laboral por cuenta ajena (despido). En caso que tenga una autorización renovada, no hará falta esperar al momento de la renovación para hacer la modificación, solo acreditar que ha cotizado un mínimo de 3 meses por cuenta ajena. Atentamente,