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Consulta 10/07/2019
Formulada por: Kespo
Descripción: Soy un ciudadano español, tengo una relación desde 2017 con una chica iraní a la que conocí en un trabajo que hacía allí y empezamos una relación a distancia: he ido 2 veces a verla y 1 vez hicimos un viaje juntos a Estambul. Arreglé la carta de invitación pero fue denegada y por cuestiones de trabajo mío no pude recurrir.
Queremos vivir juntos en España, no queremos casarnos todavía sino que queremos convivir como pareja de hecho. Sin embargo estamos desesperados ya, desde que denegaron la carta de invitación he ido investigando y no encuentro ninguna opción para que venga y podamos vivir juntos (la opción del matrimonio no la contemplamos siquiera) necesito ayuda para saber cómo gestionar su visado y que pueda venir a España a vivir conmigo.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Cádiz
Respuesta 28/08/2019
Aportada por: Rocío Barco Durán
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real
Enunciado de respuesta: Buenos días Kespo, De manera legal, podría tramitarle el visado de turista y residir como máximo 3 meses en España. No existe otro tipo de visado dadas las circunstancias que comenta salvo que solicitara un visado de estudios o de investigación, si cumple los requisitos. Como pareja de hecho, no se contempla la reagrupación familiar, salvo que contraigan matrimonio. Saludos y suerte, Rocío.