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Consulta     20/05/2020

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Formulada por: Willexgamer

Renuncia a la pretrccion internacional

Descripción: Tengo entendido que para volver a mi país solo necesito tener vigente mi pasaporte y avisar a la oficina de asilo mi voluntariedad de parar con el procedimiento. En cuanto tiempo no podría volver a España? Durante 3 años o 5?

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 22/05/2020

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

 Buenos días,


en respuesta a su consulta decirle que no hay ninguna limitación en el tiempo para una posterior entrada en territorio español. La solicitud de protección internacional inicia un procedimiento administrativo a instancia de la persona solicitante y la renuncia al mismo no conlleva ningún compromiso ni obligación adicional más allá que el comunicar a la Oficina de Asilo el desisitimiento o renuncia.


Si le aconsejo que en esa comunicación de renuncia y abandono del procedimiento explique el motivo o razon de su marcha o regreso a país de origen. 


Saludos.

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