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Consulta 02/07/2021
Formulada por: milagrosmilag2016
Descripción: A quien corresponda:
Un ciudadano Uruguayo con nacionalidad Española , que reside en España,
Tiene aquí en España deuda con un banco por préstamo que no pagó y tarjeta que no pagó .......
Ahora se jubila de Uruguay y le girarían su pensión uruguaya (260 euros al mes) a un Banco de aquí , de España,
ÉL no tiene nada a su nombre, nada, ni piso ni coche, y no está trabajando.......
La pregunta es la siguiente: ¿ Le pueden quitar dinero de esos 260 euros por mes por la deuda que tiene???????
Desde ya muchísimas gracias
Un saludo
Nacionalidad: Uruguay
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Consulta 07/07/2021
Aportada por: milagrosmilag2016
Enunciado de respuesta: gracias por la respuesta pero pregunto: no hay posibilidad de un abogado ahí que me puede ayudar con esta consulta? gracias
Respuesta 07/07/2021
Aportada por: Judith Sobrino González
Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid
Enunciado de respuesta: Buenos días, El salario mínimo es inembargable, pero si existe decreto de ejecución, se puede embargar todas las cantidades que sean consideradas "ahorro". No obstante recomiendo visitar a un abogado/a especialista en derecho bancario, más que en extranjería, puesto que actualmente existe jurisprudencia respento a alguno de los temas que plantea en su consulta.