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Consulta     14/04/2017

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Formulada por: hicham538

Denegación de renovación de residencia de trabajo por cuenta propia

Descripción: Hola,
He tenido un problema con mi residencia de trabajo por cuenta propia. Resulta me han denegado la primera renovación aunque tenía todas mis declaraciones de hacienda hechas y la seguridad social pagada para todos los meses. Estoy pensando presentar un recurso contencioso en el juzgado, el cual me han dicho que tarda mucho en resolverse. Confío en que la resolución me saldrá positiva y quiero esperar hasta que salga. Estoy pensando dejarlo en manos de un abogado y volver a mi país para estar allí hasta que se resuelva. Mi duda se refiere a caso si el juzgado dé orden a extranjería para renovarme la residencia, no sé si me la dan para dos años a partir de la fecha del orden del juzgado o me la dan con el tiempo que me queda de los dos años contando desde la fecha en la cual tocaba la primera renovación. Resulta que si es el segundo caso, me tocará hacer la segunda renovación después de poco tiempo y temo que me la deniegan nuevamente por no haber estado trabajando, por eso quiero ver como podría anticipar eso.
Querría saber su punto de vista sobre este tema.
Muchísimas gracias por su atención y amabilidad.

Nacionalidad: Marruecos

País de residencia: España

Provincia: Málaga

Respuesta 06/05/2017

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 EStimado amigo,


En primer lugar, recuerde que, si cree que cumplía todos los requisitos para renovar, también podría, antes del recurso judicial, presentar un recurso administrativo de reposición.


Si finalmente presenta el recurso judicial, en caso de que lo ganara, habría que ver como se ejecuta la sentencia. Obviamente, si la autorización fuera concedida por unos pocos meses, no se le podría exigir cumplir los requisitos de la misma forma que si su residencia hubiera estado en vigor los dos años, sino que sólo podrían valorarse los meses a partir del momento en que usted hubiera recuperado su residencia legal en España.


Suerte y un saludo.

Consulta 19/07/2017

Aportada por: hicham538

Enunciado de respuesta:

 Hola,


Antes de todo,  les agradezco mucho su valiosa atención.

 

Yo estuve en estancia de estudios en Málaga durante 9 años hasta octubre 2015 cuando una modificación de la estancia de estudios a residencia de trabajo por cuenta propia.

 

Últimamente pedí la tarjeta de larga duración UE. Para obtener este tipo de residencia es necesario tener 5 años de residencia continuada, y se contabilizan los años de estudios a 50%. Resulta que en extranjería me dijeron que como la tarjeta de estudiante termina al final de octubre 2015 y la tarjeta de trabajo empieza a principio de febrero 2016, no tenía continuidad de residencia por lo que no me pueden conceder la tarjeta de larga duración UE. Yo creo que su razón para denegarme esta residencia no puede ser justa. Resulta que la modificación de la tarjeta de estudiante a residencia de trabajo anteriormente solo se podía presentar en los últimos 3 meses antes de la fecha de caducidad de la tarjeta de estudiante, por lo cual como el trámite para esta modificación generalmente toma más de 3 meses, sería muy difícil obtener esta continuidad entre la estancia de estudiante de residencia de trabajo. (Al menos que se haga un arraigo social durante el periodo estancia de estudios) .

 

Querría saber cuál es su punto de vista sobre el tema. En caso que ustedes me den la razón, cuál sería el fundamento de la ley en el cual me podría basar para hacer un recurso?

 

Muchas gracias de antemano

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