Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 15/01/2018
Formulada por: Mónica27596
Descripción: Soy ciudadano comunitario italiana con residencia en España, trabajé un año en Reino Unido generando 4 meses de paro pero me regresé a España trabaje un año en España y ahora me regreso a Reino Unido.
Mi pregunta es si puedo cobrar el paro, si consigo trabajo al mes que pasa con los 8 meses de paro que tengo lo pierdo o se me guarda Es preferible no cobrar nada y guardarlo por cuanto tiempo
si en vez de irme a Reino Unido me voy a trabajar a EEUU que pasaría con el paro
Muchas gracias
Nacionalidad: Uruguay
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 07/03/2018
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, En España los meses cotizados general derecho a la prestación por desempleo siempre que cumpla los demás requisitos para ellos (perder el trabajo involuntariamente, sobre todo). Este período no se pierde si luego se vuelve a trabajar. Si se va a EEUU, allí el período cotizado en la Unión Europea no se tiene en cuenta a efectos de ninguna prestación por desempleo. Suerte y un slaudo.