Hola voracat.
No es tan fácil como pudiera parecer.
Tú podrías venir solicitando previamente la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en el consulado español en Bolivia y para eso necesitas acreditar una serie de requisitos:
1.- Copia del pasaporte completo en vigor.
2.- Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad que pretendes desarrollar en España.
3.- Si el trabajo que vas a desarrollar exigiera capacitación o tener una cualificación profesional, también deberías adjuntar la documentación que acreditara dicha circunstancia.
4.- Proyecto de establecimiento o de la actividad que vayas a desarrollar donde debes indicar la inversión prevista, la rentabilidad que esperas y si vas a crear puestos de trabajo.
5.- Acreditar que cuentas con la inversión económica necesaria para la implantación del proyecto empresarial.
6.- Certificado de antecedentes penales donde conste que no tienes antecedentes penales.
Entregada esta documentación, el consulado español registrará tu solicitud y te entregará un escrito justificativo de que has hecho la solicitud, previamente deberás pagar unas tasas. El consulado dará traslado de tu solicitud a extranjería de la ciudad donde fueras a trabajar y será quien resuelva y si te conceden la correspondiente autorización, se lo comunicarán al consulado que te lo notificará a ti. Concedida la autorización, debes solicitar el visado dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución de la concesión de la residencia adjuntando la siguiente documentación:
1.- Copia del pasaporte con una vigencia mínima de 4 meses.
3.- Certificado de antecedentes penales.
4.- Certificado médico.
Una vez que te contesten concediendo el visado, debes recogerlo en un plazo que no supere el mes desde que te lo notifican y deberás entrar en España durante el tiempo de vigencia del visado que será de 3 meses. Una vez aquí, te deberás dar de alta en la Seguridad Social dentro de los 3 meses posteriores a la fecha de entrada.
Una vez dada de alta en la Seguridad Social, en el plazo de un mes, debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Podrías acreditar el proyecto empresarial con la empresa de tus padres una vez que estuviera a tu nombre.
No nos dices qué edad tienes. Si no tienes 21 años, podrías venir por ser hija de ciudadana española y sólo tendrías que pedir el visado para poder entrar en España acreditando que tu madre es española y vendrías bajo la legislación comunitaria. Si tienes 21 o más años, tendrías que acreditar que dependes económicamente de tu madre y así también podrías venir dentro del régimen comunitario.
Lo más complicado es traer a tus hijos porque el visado en cualquiera de los casos, es muy difícil que se lo den a los niños. Podrías intentarlo en el régimen comunitario si acreditas que tus hijos dependen económicamente de tu madre.
Suerte y un saludo.