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Consulta     28/10/2022

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Formulada por: marcelrene66

Ayuda para poder argumentar solicitud de nacionalidad con la Ley de Memoria Democrática

Descripción: Saludos, me dirijo a ustedes para solicitar asesoría para el caso de aplicación a la nacionalidad española que presenta mi esposa con la reciente Ley de Memoria Democrática.

La abuela de mi esposa nació en 1932 en , España. Ella tuvo que salir exiliada en 1.951 dada la situación policita social y económica que se vivía en esa época, buscando un futuro mejor junto a parte de su familia. Ella perdió la nacionalidad española en 1977 al adquirir la venezolana para poder ingresar al mecado laboral de Venezuela con todos los derechos de ley ya que se graduó de Licenciada en Enfermería, pero logra recuperarla en los años 90, y al sacar un nuevo pasaporte le retiene el original con el que llego inicialmente al país. Ella tuvo una hija en Venezuela que nació en 1956. Mi esposa cuenta con la literal de nacimiento de su abuela y de su madre, donde se prueba su vinculación y que su abuela perdió su nacionalidad como exiliada. Queremos saber si ella puede aplicar a la nacionalidad con la reciente Ley de Memoria democrática ya que se tienen parte de los documentos solicitados y otros que, aunque no son los que piden, sirven de evidencia igualmente para demostrar que cumple con las condiciones de la ley, ya que no se encontraba en España y perdió la nacionalidad, aunque nunca se caso, pero tuvo una hija.

Puedo remitirles toda la documentación si desean observarla.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: Venezuela

Comentario: Espero nos puedan brindar los argumentos necesarios para mi esposa pueda optar a la nacionalidad ya que en el consulado no son muy abiertos a entender el sentido amplio de la ley de Memoria Democrática y no deseamos que mi esposa sea discriminada.

Respuesta 07/11/2022

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Aportada por: José Manuel Illán Medina

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Alicante

Enunciado de respuesta:

Estimado amigo:



Te sugiero que leas las Instrucciones cuyo enlace te adjunto, ya que en ellas viene explicado de modo más detallado el procedimiento y requisitos:



https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-17470



Un saludo.


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