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Consulta     06/06/2023

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Formulada por: Diego a

Paso a seguir luego de la negación de la protección internacional

Descripción: Me encuentro trabajando y dado de alta en la seguridad social y me han dado resolución desfavorable a mi caso de protección internacional.. cómo debo proceder ahora?

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 10/07/2023

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Aportada por: Anna Serra Gironés

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona

Enunciado de respuesta:

Buenos días,



Una vez haya recibido la denegación de su solicitud de protección internacional, dispone usted de 2 meses para formular recurso contencioso administrativo contra la resolución. Para disponer de abogado, puede acudir al Colegio de Abogados de Barcelona si usted reside en esa ciudad,y de allí le indicarán cómo solicitar abogado de oficio en Madrid. O si lo prefiere puede llamar por teléfono directamente al Colegio de Abogados de Madrid y le enviarán la documentación que debe rellenar para solicitar el abogado.



A través de este teléfono puede comunicarse con el Colegio de Abogados de Madrid: 900 814 815 (de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00h.).



Para seguir trabajando es imprescindible que presente recurso, de lo contrario se encontraría trabajando de manera irregular.



 



Un saludo


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