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Consulta     10/04/2016

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Formulada por: armandosab

¿A partir de qué fecha se es oficialmente español? (Por residencia)

Descripción: ¡Hola a todos/as!
Os agradecería que me ayudarais a saber la respuesta correcta a esta pregunta:

¿A partir de qué fecha se es oficialmente español? (Por residencia)

a. Desde la fecha de la Resolución de concesión.
b. Desde la fecha de la Notificación formal del Registro Civil enviada por correo.
c. Desde la fecha en se firma (ante el cartero) la recepción de la Notificación formal del Registro Civil.
d. Desde la fecha de la jura/promesa.
e. Desde la fecha de la inscripción en el Registro Civil como español.

He escuchado varias versiones al respecto. ¿Me ayudáis, por favor, a saber cuál respuesta es la correcta?

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 11/04/2016

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo:  efectivamente se trata de una cuestión discutible.  En rigor, la concesión de la nacionalidad (resolución) no adquiere plena eficacia si no se procede a la jura o promesa, con lo que podriamos afirmar que la sola Resolución de concesión no es suficiente.  En el momento de la inscripción en el registro civil  y expedición del DNI, se reflejaría la fecha de la jura o promesa.  


De cualquier forma,  reiteramos es una cuestión debatida pero hay sentencias que indican que solo con la jura o promesa adquiere plena eficacia la Resolución de concesión.


 


Espero haberte aclarado. Un saludo

Consulta 12/04/2016

Aportada por: armandosab

Enunciado de respuesta:

Estimado amigo:

Muchas gracias por tu rápida y completa respuesta, que me ha ayudado mucho a disipar mi duda.

Un saludo

 

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