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Consulta 10/03/2017
Formulada por: James1
Descripción: Buenas, tengo un caso curioso:
Mi bisabuelo nacido en España emigró a México justo antes de la guerra civil, pero jamas obtuvo nacionalidad mexicana ni renunció a la española. Su hija, mi abuela, fue registrada al nacer (1935) como hija de padre español y madre mexicana, por lo tanto, española de origen. Usó esa nacionalidad en ocasión, pero no se registró ante el consulado en México. (Ella seguía regida por el Codigo Civil de 1889, que dice que únicamente se puede perder la nacionalidad al declarar el deseo de renunciar a ella ante el Registro Civil). En 1960 nació mi madre, sin haber matrimonio de por medio, por lo que la nacionalidad pasa desde la madre, según la reforma de 1954 (misma que indica que adquirir la nacionalidad de países iberoamericanos no es causa de pérdida de la española).
Sin embargo el registro mexicano no reconocía directamente la nacionalidad doble, por lo que fue registrada como hija de madre mexicana. Varios años después, en 1982, mi abuela renunció a la nacionalidad española, mi madre teniendo cumplidos 21 años de edad. En 1978 se aplica una nueva reforma al Código Civil que permite la transmisión de la nacionalidad por linea materna aún cuando el padre tenga otra nacionalidad, y en 1992 nazco yo y mi hermana unos años después.
En 2002 mi abuela recupera la nacionalidad a la que renunció en '82, y en 2010 mi madre acude al consulado a solicitar cita para asegurar su registro como española, y comenta que tiene dos hijos, que desea también la reciban. Se le informa que nosotros por ser sus hijos podemos pedirla en cuanto ella finalice su trámite, pues ella va como española de origen. Durante el trámite algo ocurre y su acta sale estampada como obtenida a través de la Ley de Memoria Histórica, y se le niega mi aplicación a nacionalidad, porque esa ley prohíbe la herencia a hijos mayores de 18 (yo los cumplí durante el proceso). Mi hermana era menor de edad.
¿Que puedo hacer para recuperar la nacionalidad del resto de mi familia?
Nacionalidad: México
País de residencia: México
Comentario: La residencia en España implica que necesito primero una oferta de trabajo que ningún comunitario quiera y después reciba una oferta para poder siquiera tramitar la visa. Ya que mi campo es muy común, no es realista competir contra todo un país de esa forma.
Respuesta 14/03/2017
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola James 1. Por lo que comentas, me temo que sólo puedes acceder a la nacionalidad si previamente obtienes la residencia legal en España. Una vez que llevaras aquí en España con residencia legal y continuada, dos años, podrías solicitar la nacionalidad española o en tu caso, como eres nieto de española de origen, podrías acceder a la nacionalidad española por residencia de un año en vez de dos. El problema es cómo conseguir la residencia porque ahora mismo, aunque consiguieras que alguien te quisiera contratar, no podría porque se tiene en cuenta la situación nacional de empleo y sólo se puede contratar a ciudadanos extranjeros, en determinados trabajos muy concretos. No se te aplicaría la situación nacional de empleo, si tu madre, ciudadana española, llevara en España residiendo un año. Suerte y un saludo.