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Consulta     08/06/2020

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Formulada por: pepeillo

Arraigo Social.

Descripción: Cuento con los requisitos para el Arraigo Social entre ellos vìnculos familiares, (hij@s) con nacionalidad española. Tengo 73 años y cierta discapacidad certificada. Al no poseer contrato de trabajo debo solicitar Informe de Integraciòn; el problema consiste en que el Organìsmo que lo emite es justamente de quien recibo Ayuda para Atender mis necesidades bàsicas. Al solicitar ante el Ayuntamiento el Informe y manifestarles que mis medios de vida los obtengo de tal Ente; ellos me han dicho que no puede presentarlo como Justificativo, y de hecho al hacerlo perdería automàticamente tal Ayuda. Mi realidad: a pesar de tener tales vìnculos familiares, yo dependo ùnica y exclusivamente de tan valiosa Ayuda. ¿Que me recomiendan a fin de obtener/recuperar nuevamente mi residencia Legal y al mismo tiempo no perder tal Ayuda?
Agradezco de corazòn toda la orientaciòn que puedan brindarme.
Atte.
Josè.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 10/06/2020

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta:

BUenos días José,


 


 Desconozco los requisitos que se deben reunir para el cobro de la prestación municipal que refiere en su consulta. Cada ayuntamiento configura sus ayudas en los términos que considera adecuados para su municipio. Para solicitar arraigo social, es imprescindindible, de no contar con contrato de trabajo, un informe social que avale la existencia de recursos económicos. SI no le es posible obtener ese informe social, quizá debería hablar con alguno de sus hijos españoles, y -si vivien en España- empadronarse con ellos. EN esa circunsntacia, le servirían como medios de vida los de sus hijos, acreditando el parentesco. Pero  insisto, desconozco si en este caso, pudiera Ud. perder la prestación que recibe ( al alegar que sus hijos se hacen cargo de Ud.). Por otro lado, si existiera la alternativa de que sus hijos españoles si hicieran cargo de Ud., podría acogerse al régimen comunitario, sin necesidad de acreditar medios económicos, ni 3 años en España ni carecer de antecedentes penales en origen.


   Un saludo, atentamente,


 Judith Sobrino González

Consulta 16/06/2020

Aportada por: pepeillo

Enunciado de respuesta:

 Primero agradecerle por el hecho de que me haya respondido. Segundo: Para manifestarle que antes de solicitar el Arraigo Social, me dirigì por escrito a Extranjerìa en su portal web de su Departamento de Informaciòn que mantienen al respecto. Les manifestaba a ellos que habìa solicitado bajo el Règimen Comunitario la obtenciòn de mi Residencia. Presentè ademàs del Empadronamiento, recibos, y justificativos de mi dependencia econòmica bajo el amparo econòmico de mi hija mayor. Presentè toda la documentaciòn exigida; y al poco tiempo me citaron para que confrontara (cumplimentara) los documentos originales en mi poder con las copias que yo habìa previamente introducido.  


LA RESPUESTA QUE ME DIERON AL POCO TIEMPO despuès de la Cita: Resoluciòn DENEGADA. Alegando Extranjerìa que yo no clasificaba para tal tràmite. TRANSCRIBO la informaciòn recibida:

"En relaciòn a su e-mail le informamos que, para que a usted le fuese de aplicaciòn el règimen comunitario habrìa de acreditar que ha entrado en España hace menos de tres meses, y que en el año anterior a su entrada ha estado a cargo de su hija en el paìs de origen. Si usted no ha regresado a vivir a su paìs de origen desde que caducò su tarjeta entonces no puede solicitar la residencia inicial como familiares de ciudadano de la UE." (el encomillado es mio)

 "Si lleva màs de tres años en España puede solicitar, si cumple los requisitos y reùne la documentaciòn correspondiente, una AUTORIZACIÒN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZONES DE ARRAIGO SOCIAL."

Dra. SOBRINO, de hecho utilizè el tràmite del Règimen Comunitario por la circunstancia real que me permitìa evadir el riesgo de la Ayudita que percibo.  A no ser que hayan cambiado la normativa tal vez podrìa intentar nuevamente esa via. ¿Que me recomendarìa nuevamente sobre tal situaciòn?

Un Dios le pague Dra. por la generosa orientaciòn que me pueda suministrar.

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