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Consulta 02/12/2022
Formulada por: ANDY92
Descripción: Buenas tardes,
Mi inquietud es sobre una parte del proceso en específico. Según los términos, para solicitar residencia por Arraigo Laboral debo tener mínimo 2 años de permanencia en el país y un contrato laboral de 6 meses mínimo. Esto me genera algo de confusión, ya que sin tener el Permiso de Trabajo, nadie está disponible para hacer un contrato. ¿Qué se suele hacer en esos casos? Ya que para mí carece de sentido.
Agradezco la atención a la presente,
Andrés.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 07/12/2022
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Buenos días, Se trata de una vía para "recuperar" la residencia, podríamos decir. Solo quien haya tenido un previo permiso de residencia va a poder acreditar debidamente esos seis meses de relaciones laborales. Por lo que comentas, me temo que no cumples con los requisitos para obtener este permiso. Un saludo
Consulta 07/12/2022
Aportada por: ANDY92
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Iñigo, De antemano, gracias por tu respuesta. Con base en lo que mencionas, ¿Cuál sería la mejor forma para conseguir el permiso de trabajo en mi caso? Llevo 6 meses aquí en España, tengo empadronamiento y Tarjeta Sanitaria. Sin embargo, siento que ninguna de las 3 opciones de arraigo (Social, Laboral, Familiar) son aplicables en mi caso. ¿Existe alguna opción diferente para obtener el Permiso de Trabajo? Quedo atento a tu respuesta,
Respuesta 07/12/2022
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: La única opción que tienes es esperar a llevar tres años en España y regularizarte vía arraigo social. Necesitarás también una oferta de trabajo. Pero esta oferta solo te servirá cuando lleves 3 años. Un saludo