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Consulta 26/09/2023
Formulada por: Yasury
Descripción: Hola buenas tardes, mi consulta es si es posible solicitar la tarjeta de residencia de familiar de comunitario para mi hijo de 28 años estando él en Ecuador enviándome un poder para representarlo en el trámite ante extranjería y una vez obtenida la resolución favorable ir mi hijo a la embajada española en Ecuador a solicitar el visado para poder venir a España. Ya que en los requisitos dice que el familiar tiene que haber acompañado al ciudadano pero el sin el visado no puede venir y el visado sino es con un documento acreditativo de España es muy difícil que se lo den
Nacionalidad: Ecuador
País de residencia: España
Provincia: Tarragona
Respuesta 27/09/2023
Aportada por: Ana Rivas Márquez
Enunciado de respuesta: Buenos días Yasuri: Gracias por contactarnos. En primer lugar, antes que nada, entiendo que tú tienes nacionalidad española para poder realizar el trámite que nos indicas que sería de arraigo familiar. Sin embargo, teniendo tu hijo 28 años, por la experienccia que tenemos, va a ser complicado que se resuelva de manera positiva el trámite puesto que tendremos que acredtiar que se trata de un familiar a cargo. Esto supone presentar envíos de dinero mensuales, certificado de soltería de tu hijo junto a toda la documentación fiscal de tu país que acredita que no tiene propiedades ni medios económicos, entre otros elementos de prueba. Teniendo en cuenta que tiene edad legal para trabajar y si no cuenta con un resolución judicial por la que tuviera mermadas sus capacidades y tú siguieras siendo su tutora o curadora legal, va a ser complicado que este trámite se resuelva de manera positiva.
Consulta 27/09/2023
Aportada por: Yasury
Enunciado de respuesta: Hola buenos dias, lo entiendo. Y en el caso que si lo pudiera demostrar esto se puede hacer estando el en Ecuador y luego venir con la resolucion favorable o tiene que estar en España?
Respuesta 27/09/2023
Aportada por: Ana Rivas Márquez
Enunciado de respuesta: El trámite se puede realizar tanto en Ecuador a través de Consulado como en España. La cuestión es que ambas opciones van a tener seguramente el resultado de denegación. Saludos,