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Consulta 26/04/2020
Formulada por: Lsa
Descripción: Hola buenas dia, el 06 de marzo me habian concedido reagrupacion de conyuge y recibi la notification. Apartir de Esa fecha tenia dos meses para entregar documents y resolucion en embajada de españa en pakistan pero al estar cerrado la embajada por estado de alarma por covid-19 en pakistan no se ha podido entregar. Mi pregunta es si Esa resolucion sirve o tengo que pedir de nuevo Aqui en extranjeria. Puedo pedir de nuevo Aqui en extranjeria Adjunto la resolucion caducada y les explico ya que no ha sido por mi.
Nacionalidad: Pakistán
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 29/04/2020
Aportada por: Noemí Otero Franco
Su tarjeta de presentación: España. Abogada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.
Enunciado de respuesta: Buenos días, La resolución es perfectamente válida y se podrá presentar en cuanto acaba el estado de alarma. No va a tener ningún problema y no es necesario solicitar otra. Un saludo