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Consulta 12/02/2023
Formulada por: blancaamor
Descripción: Hola, me dirijo a Uds con la finalidad de solicitar consulta jurídica, le planteo mi caso:
Soy Venezolana, casada pero separada hace 3 años, emigré de Venezuela a Lima con mi hijo (español de origen) cuando él tenía 17 años, no pudimos venir a España directamente por no tener los medios económicos. Pasamos 3 años en Lima, Perú donde sufrimos ambos xenofobia. Desde Lima consulté a un abogado el cual me dijo que tenía derecho a solicitar Tarjeta de Familiar Comunitario, al llegar a España el 1 de Febrero del 2021 solicité dicha tarjeta y fue denegada, luego buscamos un abogado y también fue denegada, en concreto ya tengo 2 años en España y no tengo documentación. Mi hijo es el que cubre todo los gastos ya que tiene un trabajo con contrato indefinido (me tiene a su cargo). Quiero saber si tengo derecho al arraigo familiar por mi hijo cuya edad es 22 años, teniendo yo 50, o si sólo aplica si fuera yo quien lo mantuviera a él.
Un saludo cordial,
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 13/02/2023
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola blancaamor. El arraigo familiar lo podrías pedir si tu hijo fuera menor de edad y estuviera a tu cargo y viviendo contigo. En este caso no podrías solicitarlo porque tu hijo es mayor de edad pero sí podrías pedir arraigo familiar por ser tú, madre de español del que dependes. Tú estás a cargo de él y al tener tú 50 años, tienes que demostrar que tú estás a su cargo (si vivís juntos empadronados, si él es el que tiene el contrato de trabajo...) y podrías solicitar arraigo familiar por ser ascendiente menor de 65 años a cargo de un ciudadano español. Puedes solicitar arraigo familiar y todo depende de cómo entienda la oficina de extranjeros si existe o no dependencia. Si llevas 2 años, también podrías solicitar arraigo por formación si haces un curso de acceso al mercado laboral y después encuentras un trabajo relacionado con lo que has estudiado. Primero te dan residencia por un año para poder hacer el curso y después, cuando consiguieras el contrato de trabajo, te darían la autorización de residencia y trabajo. Acércate a Cruz Roja o a cualquier otra organización que asesore en materia de extranjería y que te informen directamente conociendo tus circunstancias más concretamente. Suerte y un saludo.