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Consulta 02/02/2023
Formulada por: catriel
Descripción: Hola, soy argentino de origen y viví en España en el pasado y tenía un permiso de residencia de régimen comunitario por ser familiar de ciudadano Español (pareja de hecho en este caso) pero antes de la renovación a los 5 años terminamos dicha relación y volví a mi país de origen. Actualmente soy residente en Rusia donde me casé y tuve un hijo y al tener problemas para continuar viviendo aquí en Rusia nos fuimos a España con mi madre la cual quería reagruparnos pero durante nuestra estadía de casi 3 meses no pudimos hacerlo ya que no podemos demostrar una dependencia económica y mi consulta es si al haber tenido este permiso que comentaba anteriormente podría aplicar a la recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración o que otro tramite podría realizar para poder volver legalmente a España ya que mi familia se quedo a que volver suponía un peligro para nosotros decidimos volver yo solo y no comer así la infracción de superar los 90 días permitidos y que suponga una dificultad para regularizar al menos mi situación para poder volver y trabajar.
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: España
Provincia: Lugo
Respuesta 03/02/2023
Aportada por: Yaiza Galimany Castilla
Su tarjeta de presentación: Abogada del Programa de Solicitantes y Beneficiarios de Protección Internacional de Cruz Roja Teruel
Enunciado de respuesta: Hola Catriel, ¿Únicamente llegaste a tener la tarjeta de familiar comunitario por 5 años? ¿No la llegaste a renovar? Si no llegaste a tener tarjeta de larga duración, no podrás hacer el trámite de recuperación. Aquí tienes la información: PORTAL DE INMIGRACIÓN. Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración. (inclusion.gob.es) La otra vía que tendrías, la reagrupación familiar, como bien dices, tampoco has podido optar por no poder demostrar la dependencia económica. Según cuál sea tu situación en Rusia, podrías optar a solicitar en España protección internacional. Te dejo la información: Ministerio del Interior | Condiciones para el reconocimiento de la protección internacional Saludos, Yaiza GC.