Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     11/07/2017

Foto

Formulada por: Alimac

Union de hecho en Andalucía: "residencia habitual".

Descripción: Hola,

Tengo una duda en cuanto a los requisitos exigidos por la Comunidad de Andalucía para registrar una unión de hecho. Entre ellos se encuentra el siguiente:

"Tener residencia habitual, en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía."
(Información obtenida de:
Lo que no queda claro es a qué se refiere específicamente el concepto de "residencia habitual". ¿Cómo se consigue la residencia habitual? ¿Hay algún período de tiempo exigido?

Muchas gracias por su ayuda.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: Venezuela

Respuesta 11/07/2017

Foto

Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga:  interpretamos que el término "residencia habitual" hace referencia a la condición de vecina del municipio la cual se acredita mediante el empadronamiento.  Para considerarlo habitual se entiende cuando tal vecindad se mantiene en el municipio durante un cierto tiempo.  


Debería preguntar en el ayuntamiento en el que está empadronada sobre qué tiempo estiman o entienden que ha de pasar para consierar que vive usted ahí de manera habitual. Pudieran ser 6 meses o un año, pero debe ser el ayuntamiento concreto el que se lo aclare.


En ningún caso, puede interpretarse este concepto como sinónimo de residencia legal que es un concepto del Derecho de Extranjería y no del derecho civil al que alude la cuestión que plantea.


 


Mucha suerte, reciba un codial saludo.-

Respuesta 12/07/2017

Foto

Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

 


Buenos días:


Efectivamente como dice mi compañero, la residencia habitual en Andalucía consiste en estar empadronado. Por mi experiencia en Sevilla te puedo decir que solo piden que estés empadronado aquí, y mejor si estáis empadronados los dos juntos, en el mismo domicilio.


Pero si no es en Sevilla sino en otra localidad, deberías preguntar en el ayuntamiento o en la delegación de Bienestar Social.


Aquí tienes información sobre las sedes, puedes llamar por teléfono : http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales/areas/infancia-familias/parejas-hecho/paginas/faqs-parejas-hecho.HTML


Saludos.

volver

121.582 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org