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Consulta     09/11/2021

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Formulada por: Usuario dado de baja

Tarjeta de Residencia Permanente

Descripción: Buenas tardes, yo estuve casada con espanol 15 anos y tengo desde el 2017 la tarjeta de residencia Permanente en regimen comunitario, acutalmente válida hasta el 2027. Pero hace 1 mes nos hemos divorciado, mi pregunta es, tengo que notificar a Extranjeria mi divorcio? Tengo que cambiar la tarjeta permanente? De ser el caso, de que forma se notifica? Personalmente, por email, por teléfono? Actualmente es muy complicado, llevo días tratando de encontrar informaciones al respecto y este parece ser un tema poco tocado, por favor ayúdeme con esta información.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 10/11/2021

Aportada por: Pablo Amutio Mañez

Su tarjeta de presentación: Asesor Jurídico. Máster Derechos Humanos, Derecho de extranjería y Nacionalidad Española

Enunciado de respuesta:

Buenos días Lizi1,


Después del divorcio podrá usted mantener su permiso de residencia siempre que el matrimonio haya durado tres años como mínimo y al menos uno de estos años hayan convivido en España (este periodo de duración del matrimonio debe haber existido antes del inicio de los trámites del divorcio). Para ello deberá comunicar estos hechos en extranjería en el plazo de 3 MESES desde la notificación de la sentencia de divorcio. 


Siempre que cumpla estos requisitos podrá mantener su tarjeta de familiar de comunitario a título personal, que durará hasta su caducidad, en su caso 2027, y será entonces cuando renueve para obtener una tarjeta de residencia permanente, donde no figurará el nombre de la persona de quien se ha divorciado.


Recuerde bien el plazo de los 3 MESES pues es muy importante.


Un saludo.


 

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