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Consulta 06/03/2018
Formulada por: alexandra54951
Descripción: Cual es la mejor manera para poder traer a ciudadano colombiano para que quede a vivir y trabajar aquí.
Gracias
Nacionalidad: Ecuador
País de residencia: España
Provincia: Tarragona
Respuesta 07/03/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimada amiga: Emigrar a España implica cumplir con los requisitos que la ley impone en cada una de las situaciones: turista, estancia por estudios, trabajo por cuenta ajena o propia, reagrupación familiar, etc. De manera tan general como formula su consulta no podemos indicarle la mejor forma pues puede variar en función de si cuenta con familiares directos ya en España, o no cuenta con ningún vínculo, etc. Si lo que desea es residir y trabajar, tendrá que obtener un visado de residencia y trabajo que solo se concede cuando se ha aprobado a algún empleador en España la oferta que gestiona en favor del ciudadano colombiano. El problema es que para realizar oferta al exterior se ha de acreditar que la situación nacional de empleo lo permite; que no haya en paro en ese sector de actividad, que no haya españoles, comunitarios o extracomuntarios residentes legales en España que puedan responder a dicha oferta. Hoy en día es complicado. Está el régimen de estudiantes pero por la poca información que nos proporciona, desconocemos si es aplicable. Si lo desea, denos más detalles sobre el caso y podríamos añadir más información. Un saludo cordial
Consulta 07/03/2018
Aportada por: alexandra54951
Enunciado de respuesta: Buenos dias...el caso es q aqui tiene hermana y tias...pero no se puede demostrar q depende económicamente de ninguna de ellas...porque loa ingresos no son continuos...ya ha superdado la fase escolar..asi q como estudiante no...querria saber si como turista y en el transcurso conseguirle contrato de trabajo...se puede asi?? Gracias
Respuesta 07/03/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Si entra como turista no podrá acceder a una autorización de residencia y trabajo pues no tendría el visado que le habilite. En esas circunstancias, solo podría acceder a la residencia: En cuanto al régimen de estudiantes, no tiene que ser necesariamente un niño o adolescentes, los adultos también pueden matricularse y estudiar. En este caso, si obtiene la aceptación de matrículo por parte de un centro de formación, podría venir como estudiante, trabajar de tal forma que sea compatible con estudios y , a los 3 años, podría pedir su modificación a una autorización de residencia y trabajo. Un saludo cordial
Respuesta 07/03/2018
Aportada por: Jimena Domínguez Hernández
Su tarjeta de presentación: Abogada especializada en extranjería y protección internacional
Enunciado de respuesta: Buenos días: Si entrase como turista y quisiese estar más tiempo de los 90 días establecidos, pasaría a estar en situación irregular, y tendría que estar en esa situación un plazo de 2 o 3 años para poder acceder a la figura del arraigo. Podría estudiarse la posibilidad de la tarjeta de familiar comunitario ya que nos comenta que tiene familia aquí, pero tendría que poder acreditar dependencia económica, es decir que le hagan giros de dinero mensuales. Siento las dificultades y espero le haya resultado de ayuda