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Consulta 31/05/2020
Formulada por: Habo
Descripción: Buen día,
Actualmente me encuentro en Venezuela, donde la situación a nivel de calidad de vida es muy precaria
He estado pensando en emigrar a España una vez acabe la situación de la cuarentena, debido a que hace unos meses me contagié de Virus de Papiloma Humano. En Venezuela no hay vacunas o tratamiento para dicho virus, los medicamentos deben comprarse importados sin subsidio por parte del gobierno, haciéndolos muy costosos (200$ USD) para un salario que apenas roza los 4$ USD.
Debido a esto, quería informarme si es una razón aplicable para el asilo por razones humanitarias, debido a que si esta condición no es tratada lo mas pronto posible podría ser causante de cancer a largo plazo. Poseo todos los exámenes y reportes médicos referentes a mi situación
Muchas Gracias de antemano
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Respuesta 01/06/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, la situación que usted detalla no es motivo como que justifique una petición de asilo. La normativa y legislación que resulta de aplicación a Protección Internacional no recoge entre los motivos aquellos referidos a la salud. No obstante el formalizar o no una petición de asilo es algo que recae exclusivamente en la decisión de la persona de manera que, en caso de que llegado a España iniciara los tramites para ello, nadie se lo iba a impedir y se abriría un expediente administrativo al que se daría curso en la Oficina de Asilo y Refugio, organismo dependiente del Ministerio del Interior del Gobierno de España. Pero, hay algo que debe conocer y es que, en el mes de febrero del pasado año 2019, el Gobierno de España acordó resolver los procedimientos de asilo que estuvieran tramitandose en esa fecha así como los que se iniciaran a partir de la misma con la concesión de persmiso de residencia por razones de protección internacional de caracter humanitario, residencia por Razones Humanitarias, en atención a la situación en la que se encontraba la población de Venezuela. A día de hoy ese acuerdo se mantiene y aunque se desconoce por cuanto tiempo va a mantenerse vigente, lo cierto es que siguen resolviendose los expedientes de solicitantes de asilo de origen venezolando de esa manera, de forma positiva con la concesión del permiso descrito de validez de un año prorrogable. En consecuencia, es una decisión que a usted sólo le corresponde. Saludos.