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Consulta     11/04/2018

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Formulada por: miguelutrera

Nacionalidad y Pasaporte

Descripción: Solicité en España la nacionalidad por opción por ser hijo de español y el arraigo familiar, ambos trámites tienen resolución favorables pero me salieron aprobados estando fuera de España. Mis familiares me enviaron mi certificado de nacimiento para solicitar mi pasaporte en la embajada de mi país de origen pero en la embajada me dijeron que ellos no pueden tramitarme el pasaporte porque el trámite lo inicié en España.

Mis preguntas son las siguientes; si mis familiares pueden solicitarme el pasaporte por poderes en España y si tendría problemas para ingresar nuevamente en España y que documentación tengo que presentar para no tener problemas. gracias

Nacionalidad: España

País de residencia: Panamá

Comentario: Nacionalidad por opción y arraigo familiar aprobados estando fuera de España

Respuesta 07/05/2018

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola miguelutrera.


Quizá no te den el pasaporte porque el certificado de nacimiento que aportas, no está expedido expresamente para solicitar el pasaporte. El certificado de nacimiento que te envíen, tiene que ser el que ya te reconozcan como ciudadano español, es decir, un certificado de nacimiento donde al margen, al lado izquierdo, ponga que obtuviste la nacionalidad española en tal fecha por opción y también debe poner, normalmente al final, que se expide para obtención del pasaporte. Con ese certificado acudes al consulado y sin problema deberían darte el pasaporte.


Estoy dando por hecho que juraste la Constitución Española una vez que te concedieron la nacionalidad y que se inscribió tu nacionalidad en el Registro Civil donde tramitaste la nacionalidad porque como me hablas del certificado de nacimiento...


Si no fuera así, podrías solicitar la jura en el consulado porque no estamos en presencia de una nacionalidad por residencia, sino por opción y sí es verdad que existen unas instrucciones expresas en las que se prohíbe la jura de la Constitución en el consulado pero cuando se trata de nacionalidad por residencia porque es necesario estar residiendo en España para que sea ante el Registro Civil que se inició el trámite, donde se haga el juramento de la Constitución Española pero tu caso no es por residencia sino por opción.


En cualquier caso, podrías venir como turista cumpliendo los requisitos de entrada y hacer aquí la jura y solicitar el DNI y el pasaporte español.


La documentación que te van a exigir, puede que sólo con el pasaporte te dejen entrar porque al ser de Panamá, no necesitas visado para estancias inferiores a 90 días pero también puede que te exijan a la hora de entrar que acredites dónde vas a estar (carta de invitación o reserva de hotel) acreditar seguro médico que cubra tu estancia en España, acreditar medios económicos suficientes para el tiempo que vas a estar (74 euros al día).


 


Suerte y un saludo.

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