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Consulta 23/04/2015
Formulada por: icp
Descripción: Buenos días, quería que me informaran sobre qué se entiende por "centro de enseñanza autorizado" recogido en el art. 37.1.a) del Real Decreto 557/2011.
Para pedir el visado de estudios, hay que realizar estudios en un centro de enseñanza AUTORIZADO. Eso significa que debe ser enseñanza reglada?? o enseñanza homologada??.
Valdría un curso p.ej. de fontanería en CEAC? aunque no sea enseñanza homologada?
Gracias, quedo a la espera de su respuesta
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 12/05/2015
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado/a amigo/a, La autorización administrativa para poder impartir formación en España la otorga el Ministerio de Educación y las correspondientes consejerías de las comunidades autónomas. No tiene que tratarse, pues, de enseñanza homologada. Por tanto, mientras el centro tenga esta autorizació puede ser suficiente para obtener el visado que usted pregunta. Lo que también se tendrá en cuenta es que la formación sea presencial y el número de horas lectivas. Suerte y un saludo.