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Consulta 01/09/2011
Formulada por: blancanievesdegalicia
Descripción: Hola vivo en España con mi esposo de nacionalidad española. Estoy gestionando mi nacionalidad, pero dada las condiciones económicas nos estamos planteando regresar a Colombia que es mi pais de origen, ¿si dejo solicitada la nacionalidad me la otorgan o debo permanecer en España hasta obtenerla? ahora estoy bajo re-agrupación familiar en regimen comunitario.Gracias
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Pontevedra
Respuesta 04/09/2011
Aportada por: Hipólito Román Robaina Guerra
Su tarjeta de presentación: Abogado. Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.
Enunciado de respuesta: Hola, nada impide que viajes a tu país. Sin embargo debes tener en cuenta que debes estar presente cuando te citen para alguna entrevista o presentar cualquier documentación y cuando se te otrogue la nacionalidad. Debes estar por tanto atenta a estas citas. Espero haber dado respuesta a tu consulta, Saludos, Hipólito R. Robaina Guerra Área jurídica Asociación para la Mejora Vital. hipolito@asociaciónmejravital.es
Respuesta 04/09/2011
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: Para empezar, decirte que no puedes permanecer fuera de España más de dos años seguidos, o si no perderás los derechos a la tarjeta de familiar de comunitario y tendrías que empezar los trámites de nuevo. En cuanto al tema de la nacionalidad, decirte que la puedes dejar tramitada, pero es muy probable que te llamen para entrevistarte, y después deberás esperar hasta que te manden la carta de concesión. Puedes salir de España, pero debes tener en cuenta que en el momento en que no te presentes a la entrevista o a alguna solicitud de documentación que te pidan, pueden paralizarte el trámite. Yo te recomendaría que la tramitaras, y estuvieráis al menos aquí hasta que te haga la entrevista la policía. Después normalmente, hay que esperar hasta que te conceden la nacionalidad, salvo alguna excepción, así que entonces sí podrás salir sin riesgo de que pierdas el trámite ya hecho. Y por supuesto, debes dejar a alguien que este pendiente del correo en España en tu domicilio, por si te mandan algún requerimiento o la concesión, porque entonces tendrás que presentarte en el Registro. Espero haberte ayudado. Un saludo.