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Consulta 06/03/2015
Formulada por: Nexo
Descripción: Buenos días:
he contratado a una chica por 3 horas diarias, tiene otras 4 con otro empleador, y le han concedido el permiso de residencia. Resulta que ahora necesito contratar a otra chica para 3 horas (ésta tiene permiso de residencia desde hace muchos años, le caduca el nie en marzo 2016)
¿Podría contratarla y darle de alta en la Seguridad Social? En caso afirmativo, ¿debo presentar declaración de la renta o certificado bancario de solvencia, o sólo voy a la oficina de Seguridad social y le doy de alta?
Gracias de antemano.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 26/03/2015
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Dado que la segunda trabajadora ya tienen autorización de residencia (y entiendo que también de trabajo), tan sólo debe tramitar su alta ante la Seguridad Social sin necesidad de acreditar ningún requisitos de solvencia. Suerte y un saludo.