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Consulta     19/11/2019

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Formulada por: kcorea

Quiero migrar por amenazas

Descripción: Hola, soy madre de 2 niños (15 y 2 años respectivamente), he estado sufriendo de amenazas y extorsión, tengo pruebas policiales y quiero migrar con mi esposo... yo soy profesional y mi esposo mecánico... ¿que tan difícil es que nos acepten la solicitud de ayuda humanitaria? y mientras dura los procesos, ¿mi hijo puede estudiar? ¿nosotros podríamos trabajar?

Muchas gracias por su ayuda.

Nacionalidad: El Salvador

País de residencia: El Salvador

Respuesta 23/11/2019

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

 Realmente no existe solicitud de ayuda humanitaria en España. Si están pensando en viajar a España lo que tendrán que hacer es solicitar Protección Internacional.


Para que en España valoren su petición y quepa la posibilidad de que le sea reconocido el Estatus de Refugiado debe de cumplirse lo dispuesto en la ley 12/2009 reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria. En esta ley, artículo 3, se dice que "La condicion de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuantran fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país..."


Cuando expliquen porqué han llegado a España y soliciten Protección, deberán exponer de forma clara qué ha pasado, hecho o situación que ha provocado en ustedes ese temor fundado a sufrir un daño de imposible o dificil reparación por el que salen de su país. Al indicar que debe ser un temor fundado implica que deben de tener una causa y esa causa, además de verosimil debe ser capaz de provocar el daño que quieren evitar marchandose del país. También tendrán que indicar quien o quienes han provocado ese temor y cómo lo han provocado (qué actos de persecución han dirigido contra ustedes y cómo han generado el temor que origina la salida del país). Deberan especificar el motivo o circunstancia por el que esa persona o personas han cometido acto de persecucion contra ustedes. Los motivos son los que fija la norma anteriormente indicados: raza, nacionalidad, religión, género u orientación sexual, opiniones políticas y que esa circunstancia o motivo se da en ustedes por lo que, cualquier documento que lo pruebe siempre será apropiado y bien recibido. Y, por último, debera decir qué ha hecho para conseguir protección en su propio país y que ha pasado para que se sienta desprotegido y pida protección a otro país abandonando el suyo.


Por ejemplo, si digo que el motivo por el que solicito proteción es por ser cristiano debería aportan certificado bautismo que así lo acredite y si en mi país de origen persiguen o matan a los cristianos debería contar qué hacen a los cristianos y si éstos tienen posibilidad de obtener protección por parte de las autoridades de mi país del que he salido para salvar mi vida.


En respuesta a su pregunta de si sus hijos podrán estudiar mientras dure el proceso, decirle que en España la educación es obligatoria desde los 6 hasta los 16 años de manera que si el mayor llegara cumplidos los 16 años debieran infromarse de las diferentes opciones como podría serlo la matriculación en la Escuela de Adultos para poder tener el titulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria del sistema educativo español.


Y, trabajar, si pasados 6 meses desde la petición de Protección en España, no le hubieran resuelto o dado respuesta, le concederan autorización de trabajo para que pueda conseguir recursos que le permitan mantenerse hasta que esa resolución a su petición les sea comunicada. 

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