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Consulta     09/02/2020

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Formulada por: Emanuel2020

Cambio de empleador - Programa Visar

Descripción: A través del programa visar me otorgaron una autorización inicial de residencia y trabajo concedida a partir de un contrato indefinido. Mi pregunta es si puedo cambiar de empleador a los 60 días de ya haber obtenido la misma, y si al renovarla por dos años tendré algún tipo de inconveniente.

La ley en ese punto no deja bien claro si debo permanecer con la empresa que dio lugar a la autorización o si puedo cambiar por voluntad propia.

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: España

Provincia: Girona

Respuesta 20/04/2020

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Aportada por: Lucía Artime Gómez

Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Enunciado de respuesta:

 Estimado Emmanuel,


lamentamos no haber contestado a su pregunta en el momento en el que la formuló. Es posible que a estas alturas ya haya resuelto su duda. No obstante y por si pudiera serle aún de interés, procederé a contestarle.


El permiso de residencia y trabajo que ha obtenido tiene la consideración de un primer permiso de trabajo y residencia y ello conlleva que el contrato por el que ha llegado a él debería mantenerse. Solamente una causa de fuerza mayor o una mejora sustancial y probada en sus condiciones laborales podrían justificar un cambio de empleador.


En cualquier caso le sugiero que lo consulte en la Oficina de Extranjería de su provincia de residencia, ya que los criterios sobre esta cuestión quedan a interpretación de las diferentes Oficinas y podría ser que en la que usted ha hecho el trámite, no apliquen una visión tan estricta sobre esta circunstancia.


Un saludo

Consulta 20/04/2020

Aportada por: Emanuel2020

Enunciado de respuesta:

 Estimados:


Ya hice el cambio de empleador, desde migraciones me respondieron que mi permiso no tiene ningun tipo de limite (geografico o de tipo de trabajo). Lo que aún me quedan dudas es al momento de hacer la renovación del permiso de residencia inicial por dos años como debería hacerlo.


 


Desde ya muchas gracias por la asesoria,


Saludos

Respuesta 21/04/2020

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Aportada por: Lucía Artime Gómez

Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Enunciado de respuesta:

 Estimado Emanuel,


te adjunto un enlace en el que podrás informarte sobre la documentación que tendrás que aportar para la renovación de tu permiso de residencia y trabajo.


Te adelanto que lo fundamental es que hayas cotizado lo suficiente( al menos un mínimo de tres meses) y que a la hora de renovar dispongas de un contrato de trabajo.


http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja018/index.html


Un saludo

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