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Consulta 04/06/2017
Formulada por: lambayeque
Descripción: Si he ingresado a España con carta de invitación.- Puedo quedarme a residir.- Cual serian los problemas para el amigo que me invitó o es que su responsabilidad es solo por los meses que indica la carta y por lo tanto no le cabe ninguna sanción a el.
Nacionalidad: Perú
País de residencia: Perú
Respuesta 18/07/2017
Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada
Enunciado de respuesta: Buenos días, Tras pasar los 90 días desde su llegada, se encontraría en situación irregular, para regularizarse la forma más factible es obtener una residencia por arraigo social para la que necesita tres años de permananecia en España y un contrato de trabajo. Si cuando finalice su estancia, ya no vive con la persona que le formuló la carta de invitacion ni está empadronado en su domicilio, esta persona no tendría problema si usted no regresara. un saludo