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Consulta 24/06/2017
Formulada por: Colo36199
Descripción: Hola quisiera saber SI cuando una persona está ilegal, se le puede hacer aún la tarjeta de Residencia por arraigo ( como años atrás)?
Cuánto tiempo se tarda ( en mi " año 2009" se tardaba 3 años de estancia ilegal)
Y si no se puede de esa manera, puedo hacer un contrato de camarero para traer a una persona desde su país de origen o debe ser de un trabajo de difícil cobertura?
Gracias por su tiempo
Saludos
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 04/07/2017
Aportada por: Fran Morenilla Belizón
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería
Enunciado de respuesta: Buenas. La opción que comenta en primer lugar es un arraigo o autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razón de arraigo social. Puede obtener toda lainformación sobre este trámite aquí. Pero, básicamente, lo que necesita son cuatro requisitos: - Prueba de permanencia en España de al menos 3 años: utilice los empadronamientos principalmente, sin que queden vacíos de más de tres meses. - Antecedentes penales. - Contrato de trabajo de al menos 1 año de duración. - Vínculos familiares en primer grado con residencia legal o Informe de Inserción Social emitido por el Ayuntamiento de donde reside. Le pedirán también documentación relativa a los medios económicos de la empresa, pero si se lo denegaran por algún motivo relacionado con la empresa, no dude en recurrir la resolución. La segunda opción, la de traer a la persona desde su país de origen, está prevista legalmente, pero es muy poco efectiva (salvo que el país de origen sea Chile o Perú, países con Convenio), ya que esa oferta debería ser de las de Catálogo de Ocupaciones de Dificil Cobertura o, en caso contrario, no haber sido ocupada por demandantes de empleo que se encuentren ya en España, lo cual sería bastante complicado. Saludos.