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Consulta 21/02/2009
Formulada por: Giselle
Descripción: Hola. ¿Si la empresa entra al ERE Expediente de Regulación de Empleo bajo qué condiciones mínimas se encuentran los empleados? ¿Qué se puede exigir y hasta que punto?
Gracias.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 24/02/2009
Aportada por: Idoia Pérez
Su tarjeta de presentación: Técnico de Empleo Oficina Central Cruz Roja.
Enunciado de respuesta: Hola Giselle, no sé muy bien si tu empresa ya tiene aprobado el ERE. Sea así o no, la primera recomendacion es que acudais a vuetsro comite de empresa y sindicatos. Allí, podran ayudaros a negociar.
En principio, ante un ERE lo que cambia, a modo de prestación es la cuantia por despido. El resto: finiquito, pago de mes en curso, etc, se mantiene igual.
Estas son las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo:
- En los casos que con motivo de un expediente de regulación de empleo se extinguiera la relación laboral será una cuantía, como mínimo, de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de doce mensualidades.
- En los supuestos de fuerza mayor la Autoridad Laboral podrá acordar que la totalidad o una parte de la indemnización que corresponda a los trabajadores afectados por la extinción de los contratos sea satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del derecho de éste a resarcirse del empresario.
Para más informacion sobre procesos, requisitos, etc:
http://www.mtas.es/es/Guia/texto/guia_6_18_1.htm
Un saludo