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Consulta 05/08/2016
Formulada por: Alevarnit
Descripción: Hola, cordial saludo
Tengo una novia española pero ella esta fuertemente endeudada considerablemente y es antes de conocerla, mi pregunta es si me caso con ella tengo también la obligación de ayudarla a pagar.
Por otra parte tiene tres hijos menores, gana 1800 euros pero le quitan por la deuda quedando muy justa. Agradezco su respuesta. Nota: actualmente estoy en condición irregular
Gracias
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 05/08/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, La deuda de su pareja solo es exigible a su pareja, por lo que en ningún caso puede afectarle a usted por el mero hecho de contraer matrimonio. No obstante, si se casan en régimen de gananciales, todos los bienes que adquieran durante el matrimonio son de ambos al 50%, por lo que la mitad de los mismos podría ser reclamada por los acreedores de su esposa, lo que habría que tener muy en cuenta a la hora de adquirir un bien de cierto valor (como un vehículo o una casa), Creo que en su caso, podria ser aconsejable que se casen en régimen de separación de bienes para evitar futuros problemas. Suerte y un saludo.