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Consulta 28/05/2018
Formulada por: Nela13686
Descripción: Soy ciudadana Italiana y mi hija también, pero el padre de mi hija es argentino. Queremos ir a vivir a Tenerife por un año, y nos gustaría poder residir y trabajar legalmente a ambos.. Mi consulta es que pasos seguir para que mi pareja (tenemos certificado de convivencia y una hija, claro) pueda estar más de 3 meses y trabajar legalmente.
Nos hablaron de dos opciones: reagrupación familiar en orden comunitario; o solicitar la residencia por arraigo de hijo menor comunitario (nos dicen que en Tenerife esta modificación a la ley de incluir hijos comunitarios en el arraigo es relativamente nuevo, pero en Tenerife se acepta)
Aguardo sus sugerencias, todas son bienvenidas
Nacionalidad: Italia
País de residencia: Argentina
Respuesta 07/06/2018
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga En este caso su pareja tendría dos posibillidades para regularizar su situación: a) Residencia como famliar de ciudadano comunitario. Tendría una validez de cinco años. Esta residencia se la darían por cinco años, pero sería necesario que usted estuviera trabjando en España o que tuvieran medios de vida propios. Además, es posible que a su pareja le exigieran un seguro médico privado. b) Residencia por arraigo familiar, por ser ascendiente de un menor comuitario. Tendría una validez de un año, pero no le exigirían contrato ni medios de vida ni seguro médico. Basta con acreditar el parentesco con el menor y la convivencia en España. Deberán valorar cual les es más beneficiosa en función de sus circunstancias. Suerte y un saludo
Consulta 07/06/2018
Aportada por: Nela13686
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por su pronta respuesta. En caso de hacerlo por arraigo de hijo menor comunitario, vencido el tiempo de un año, se podria pedir extencion, o Pedir la tarjeta de familiar comunitario..? Despues de ese primer año seguramente ya tenga trabajo y pueda demostrar solvencia economica
Respuesta 12/06/2018
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Efectivamente, la residencia por arraigo familiar puede renovarse al año si se ha trabajado durante al menos seis meses y se está trabajando en el momento de renovar. Incluso puede renovarse con menos tiempo de trabajo en ciertos supuestos. Pero si en eses momento (o incluso antes), usted cumple los requisitos para obtener la residencia en régimen comunitario, puede formular la solicitud y le deberá ser concedida. Suerte y un saludo.