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Consulta 23/09/2017
Formulada por: andriusa
Descripción: Buenos días: en el día de ayer se me denegó el derecho de asilo que solicité el 26 agosto 2015, agotándose la vía administrativa. Tengo contrato de trabajo y convivo con mi madre, que lleva en España 15 años. Por favor ¿en qué situación me encuentro?. ¿Puedo seguir trabajando e interponer recurso contencioso mientras tanto?.
Gracias.
Nacionalidad: Ucrania
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 12/01/2018
Aportada por: Amparo Carranza Simón
Su tarjeta de presentación: Abogada Servicio Jurídico Accem Madrid
Enunciado de respuesta: Buenos días, en relación con tu consulta te comento que, al haberte denegado tu solicitud de asilo ya no tendrías autorización para seguir viviendo en España por lo que tampoco podrías trabajar legalmente. Por supuesto que tienes derecho a la interposición de los recursos que se mencionan en la resolución de denegación de asilo. Si puedes acreditar que llevas ya tres años en España y cumples el resto de los requisitos para una residencia por arraigo social, puedes solicitarla. Te adjunto el enlace de la página web del Ministerio para que veas con detalle requisitos y documentación para que te puedas regularizar. Muchas gracias. Saludos