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Consulta     18/05/2020

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Formulada por: Aidee1

TIE

Descripción: Como tramitar la TIE si mi esposo y yo tenemos visado de estudiante que hemos extendido por 2 años , cada 6 meses , o se puede tramitar ya cambio a residencia laboral ?

Nacionalidad: México

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 02/06/2020

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Aportada por: Lucía Artime Gómez

Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Enunciado de respuesta:

 Estimada Aidee,


Desde el 4 de Septiembre de 2018, con la entrada en vigor del RD-Ley 11/2018, de 31 de agosto, no es necesario el requisito de la estancia previa de los tres años, para poder cambiar la situación de estancia por estudios a una autorización de resiencia, que permita buscar trabajo o trabajar directamente en España.


Las nuevas posibilidades son:



  • autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial: tendrá una duración máxima de 12 meses y está destinada a quienes hayan finalizado estudiios de grado o nivel superior (Máster, Doctorado). Han de haber obtenido el título o certificado; tienen que contar con seguro médico en España y tener medios económicos suficientes.

  • autorización de residencia para prácticas: extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o que estén realizando estudios que consuzcan a la obrención de un título de educación superor en España o en el extranjero.


En ambos casos la residencia autorizaría a celebrar prácticas universitarias o un contrato en prácticas.


 


Un saludo

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