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Consulta 12/09/2020
Formulada por: Vania Simona
Descripción: Hola. Muchas gracias por permitirnos esté espacio. He escrito varios email a extranjería y no me responden.
Mi nombre es Andrea Uribe, soy Colombiana. Me encuentro en Barcelona con una visa de estudiante, la cuál vence el 21 de septiembre. Me han cancelados los vuelos, por covid.
Mi visado vence el 21 de septiembre, cuando es probable que no pueda salir de España por las restricciones de vuelos. Mis dudas son las siguientes:
1) ¿En que estatus migratorio quedaría al terminar mi visa?
2) ¿Debo realizar algún proceso para legalizar mi estadía adicional?
3) Vivo en Barcelona con mi pareja (colombiano) y estamos haciendo el proceso de reagrupación familiar. Por esa razón yo volvería a Colombia para solicitar la visa (no es claro cuándo lo pueda hacer). Mi pareja se encuentra haciendo un doctorado en Barcelona, tiene un visado de trabajo renovado por segunda vez: cumplimos con todos los requisitos que exige la ley. ¿Es posible que la estadía irregular mientras espero mi vuelo, pueda tener un impacto negativo en nuestro proceso de reagrupación familiar?
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 24/09/2020
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Vania Simona. Si tu autorización de estancia por estudios ha caducado el pasado 21, puedes solicitar la renovación dentro de los 90 días siguientes a ese vencimiento, por lo que, en principio, durante esos 90 días, se entendería que estás en situación legal. No nos dices cuánto tiempo llevas con la tarjeta de estudiante porque si llevas 3 años, podrías cambiar a residencia y trabajo si presentas un contrato de trabajo o si has hecho algún máster, podrías cambiar a residencia para búsqueda de empleo. Entiendo que cuando hablas de visa de trabajo de tu pareja, te refieres a que tiene tarjeta de residencia y trabajo y por lo que dices, será la primera de dos años. Si es así, podría solicitar la reagrupación familiar pero para eso es necesario que estés en tu país (si no llevas aquí los tres años) y una vez que tú estés allí, tendrías que enviarle copia de tu pasaporte para que él pueda iniciar los trámites de la reagrupación. Debe acreditar que sois pareja de hecho y en cuanto a si tu estancia irregular pudiera afectar a tu reagrupación familiar, no debería, pero sí es cierto que a veces los consulados, si comprueban que has estado en situación irregular, no conceden el visado. De todas formas, acércate a Cruz Roja de Barcelona o a cualquier organización que asesore en temas de extranjería y cuéntales tu caso para que puedan darte un asesoramiento más ajustado a tu situación real que puedas contar en persona. Suerte y un saludo.